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Laberinto

CREACIÓN DE LA CIUDAD DE LABERINTO

El 07 de setiembre de 1994, mediante Ley Nº 26349, se crea el distrito de Laberinto en la provincia de Tambopata, en el gobierno Presidente de la República Ing. Alberto Fujimori Fujimori, y estando como encargado de la Presidencia de Consejo de Ministros Sr. Dante Córdoba Blanco.

PROBLEMÁTICA EN DEMARCACIÓN TERRITORIAL.
La actual organización político-administrativa,presenta una serie de problemás que datan desde antes del nacimiento de nuestra República; no existieron herramientas técnico-legales que orienten y garanticen una adecuada organización territorial que ayude a la adecuada administración de los espacios político-administrativos (distrital, provincial y departamental).

Esto,dio lugar a la creación – en todo el país- de circunscripciones políticoadministrativas, con inadecuada ó nula delimitación territorial, poco funcionales, desarticulados y sin la infraestructura e implementación mínimos requeridos para brindar una adecuada prestación y administración de los servicios públicos básicos, y por lo tanto desfavorables para el ejercicio del buen gobierno.

La provincia Tambopata, no escapa a este escenario, por ello tiene imprecisiones en sus límites territoriales, por cuanto la Ley Nº 1782, del 26 de diciembre del 1912 que la crea, no los precisa; consecuentemente, no puede ser representado en la cartografía oficial, que elabora el Instituto Geográfico Nacional – IGN, como corresponde.

Esta Provincia está integrada por los siguientes distritos:

Tambopata : Creada por Ley Nº 1782 del 26 de diciembre de 1912.

Las Piedras : Creada por Ley Nº 1782 del 26 de diciembre de 1912.

Laberinto : Creada por Ley Nº 26349 del 07 de setiembre de 1994.

Inambari : Creada por Ley Nº 1782 del 26 de diciembre de 1912.

La Ley N° 1782, del 26 de diciembre de 1912, que crea el departamento de Madre de Dios y las provincias de Tahuamanu, Tambopata y Manu:

La Ley N° 1782, de creación del departamento de Madre de Dios y de las tres provincias que los constituyen, no especifica los limites de los distritos que conforman la provincia de Tambopata, por lo tanto no determina límites geográficos precisos, ni coordenadas UTM.

Sin embargo, la Ley dada posteriormente, que crea la circunscripción política administrativa, que permite definir referencialmente los límites de la provincia Tambopata, tal como la Ley Nº 26349, del7 de Setiembre de 1994, mediante la cual se crea el distrito de en la provincia Tambopata expresa en sus artículos lo siguiente:

El Art. 1º de esta Ley dice: “Crease el distrito de Laberinto, en la provincia de Tambopata, del departamento de Madre de Dios, cuya capital será el centro poblado Puerto Rosario de Laberinto que se eleva a la categoría de villa por la ley.

El Art. 2º de esta ley dice: El distrito que se crea por esta ley limita por:

POR EL NORTE Y NOROESTE.- Con el Distrito de Tambopata a partir de las inmediaciones de cotas 424 y 446, naciente más lejana del río Pariamanú, el límite con dirección general Sureste está constituido por la divisoria de aguas Suroeste del río Pariamanú hasta la naciente más lejana de la quebrada Chorrera.

POR EL ESTE Y SURESTE.- Con los Distritos de Tambopata e Inambari a partir del último punto mencionado, el límite con dirección general Sur está constituido por el thalweg de la quebrada Chorrera aguas abajo hasta su desembocadura en la margen izquierda del río Madre de Dios; el thalweg del río Madre de Dios aguas abajo hasta la desembocadura de la quebrada Victoria en su margen derecha; el thalweg de la quebrada Victoria aguas arriba hasta sus nacientes en la divisoria de aguas entre los ríos Madre de Dios y Tambopata en las inmediaciones de la naciente de la quebrada tributaria Norte de la quebrada Chonta; el thalweg de esta quebrada tributaria aguas abajo hasta su desembocadura en la quebrada Chonta por su margen izquierda; el thalweg de la quebrada Chonta aguas arriba hasta sus nacientes más lejanas; la divisoria de aguas de la cabecera de las quebradas Colpa y Cortacuello hasta la desembocadura de la quebrada tributaria Norte en la quebrada Misisipi; el thalweg de la quebrada Misisipi aguas arriba hasta sus nacientes Oeste más lejanas en las inmediaciones de la cota 267.

POR EL SUROESTE Y OESTE.- Con el Distrito de Inambari a partir del último lugar nombrado, el límite con dirección general Noroeste está constituido por la divisoria de aguas Noroeste de la quebrada Sabaluyoc con la quebrada Huacamayo Chico hasta la desembocadura de esta última quebrada en la margen derecha del río Inambari; el thalweg del río Inambari aguas abajo; el thalweg del río Madre de Dios aguas arriba; el thalweg del río Los Amigos aguas arriba hasta la desembocadura del río Curicuri en su margen izquierda; la divisoria de aguas entre los ríos Curicuri y Los Amigos hasta las inmediaciones de la cota 424, punto de inicio de la presente descripción.

El Art. 3º de esta ley dice: Trasládese la capital del Distrito de Inambari al centro poblado Mazuko, en la provincia de Tambopata, Departamento de Madre de Dios, elevándose a la categoría de Villa por la presente Ley.

La descripción de la Ley N°26349, interpreta los límites del distrito Laberinto, pero de acuerdo a la normatividad vigente estos límites corresponden a una descripción de aspectos geográficos cartografiables y determinados en un sistema de proyección como es UTM. Expresadas en coordenadas UTM.